En los últimos años, se ha observado un aumento en la revocación de licencias de armas a cazadores en España, muchas veces basada en criterios excesivamente amplios o arbitrarios. Aunque la ley establece que solo deben revocarse licencias cuando existan condiciones psicofísicas que impidan el uso seguro del arma o cuando la posesión suponga un riesgo real para el titular o terceros, en la práctica se aplican revocaciones incluso en casos sin condenas firmes, antecedentes policiales archivados o delitos no relacionados con armas. La revocación debe ser una medida de control, no una sanción ni una pena, y solo debe aplicarse en situaciones justificadas por la ley, evitando decisiones generales o preventivas sin un análisis concreto del riesgo, ya que cualquier actuación fuera de estos límites sería arbitraria y contraria a derecho.
Fuente: Club de Caza
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